10.24.2012

Eliminan el desacato y ablandan Ley Quiroga Santa Cruz

Fallos. El Tribunal Constitucional aplicó un doble revés al Gobierno con su decisión de sacar del Código Penal el desacato y al eliminar la retroactividad de la Ley Quiroga Santa Cruz


Procesos. El gobernador cruceño, Rubèn Costas,  fue acusado por desacato por el vicepresidente Alvaro García Linera y por el fiscal Marcelo Soza
Mery Vaca - Freddy Lacio EL DEBER

La ley anticorrupción ya no es retroactiva
El desacato ha dejado de ser un delito en Bolivia gracias a un fallo del Tribunal Constitucional dado a conocer ayer en La Paz. Los opositores habían pedido la supresión de ese tipo penal hace ya bastante tiempo porque consideraban que era utilizado por el Gobierno de Evo Morales para perseguir a los disidentes.
Según el artículo 162 del Código Penal, una persona incurría en el delito de desacato cuando, por cualquier medio, injuriaba, difamaba o calumniaba a un funcionario público en el ejercicio de sus funciones y podía ser sancionada con penas de un mes a dos años de cárcel.

Pero la situación ha cambiado desde ayer. “El delito de desacato queda expulsado del ordenamiento jurídico boliviano”, sentenció el presidente del Tribunal Constitucional, Ruddy Flores, que explicó que la decisión se sustenta en tratados internacionales que regulan el derecho de la libertad de expresión, entre ellos, la Convención Americana de Derechos Humanos.

Ahora, la pregunta que cabe es qué pasará con todos aquellos ciudadanos que fueron denunciados por desacato ante la justicia, entre ellos el gobernador de Santa Cruz, Rubén Costas.

Flores fue claro al señalar que “este fallo, por su carácter vinculante, debe ser observado por tribunales y jueces que conocen las acciones iniciadas en el marco del delito de desacato”.

Agregó que “el fallo es vinculante, obligatorio para todos, por tanto, esos tribunales tienen la obligación de observar la sentencia”, aunque agregó que el Tribunal no se pronuncia sobre casos particulares y serán los operadores de justicia los que lo hagan, según sea el proceso.

Sin embargo, las cosas no están tan claras para el presidente del Tribunal de Justicia de La Paz, Iván Campero, que dijo que “cada tribunal tendrá que ver el momento en que se ha dado este ilícito, porque este componente de la inconstitucionalidad tiene vigencia, es vinculante, a partir de la fecha (ayer). Los efectos retroactivos habría que ver”.

Incluso, Campero va más allá y dice que si el juicio está recién iniciado “puede extinguirse la acción”, pero que si está avanzado y tiene una sentencia, al menos en alguna instancia, la decisión del Tribunal Constitucional no le alcanza”. Es el caso, por ejemplo, del expresidente Jorge Quiroga, que fue sentenciado por desacato.

Flores explicó que “se ha verificado que el tipo penal del desacato ha generado una desproporción entre el servidor público y la sociedad en su conjunto. Esta desproporción genera desigualdades respecto del honor de un servidor público y de un ciudadano de a pie”.

Tras la emisión del fallo, todos los ciudadanos podrán ser juzgados, al menos en esta materia, en igualdad de condiciones. Eso quiere decir que los acusadores podrán recurrir a los tipos penales de la difamación, la injuria o la calumnia, pero ya no al desacato. Por eso, Flores dice que “no se deja en indefensión a los servidores públicos”.
El Tribunal, además, ha recurrido a la propia Constitución para argumentar su fallo, pues la Carta Magna busca erradicar toda forma de discriminación.
Sobre el tema
- Gobernador. El secretario de Gobierno de la Gobernación, Vladimir Peña, se declaró satisfecho por la decisión del Tribunal Constitucional, al recordar que el gobernador Rubén Costas enfrenta dos procesos por este delito (uno iniciado por el vicepresidente García Linera y otro por el fiscal del caso terrorismo, Marcelo Soza). “El delito de desacato es anacrónico, es lesivo y es contrario a la Constitución boliviana porque coarta la libertad de expresión”, señaló.


- A favor y en contra. Los opositores han celebrado la exclusión del desacato del ordenamiento jurídico boliviano, pero no faltó el oficialista que se declaró extrañado, como el diputado Galo Bonifaz, que, sin embargo, dijo que “hay que respetar” la decisión. Por su lado, el senador Germán Antelo, que había emprendido una campaña para eliminar el desacato, calificó de “buena señal” la decisión del Tribunal.

- Casos. El senador Róger Pinto, asilado en la embajada de Brasil, es el político opositor con el mayor número de procesos por desacato. Pinto fue denunciado por este delito por el exministro de Gobierno Sacha Llorenti, por el fiscal Marcelo Soza, por el ministro de la Presidencia Juan Ramón Quintana, por el vicepresidente Álvaro García Linera, por la abogada Mary Carrasco y por la ministra de Transparencia, Nardy Suxo, aunque esta última retiró la denuncia.

Opinan

Silvia Salame

Exmagistrada del T. Constitucional

Si una norma es declarada inconstitucional sale del ordenamiento jurídico y los casos que ya tuvieron sentencia no pueden ser revisados, pero los casos en trámite desaparecen. Si el delito sale del Código deja de existir y nadie puede ser enjuiciado por un delito que no existe. Lo que corresponde es que los procesados por ese delito pidan el archivo de obrados. Los jueces no pueden actuar de oficio, así que se necesita una solicitud de las partes. Creo que la decisión es correcta porque la norma fue usada para acallar a los opositores.

José Antonio Rivera

Exmagistrado del T. Constitucional

Si el Tribunal decidió declarar inconstitucional el delito de desacato está siguiendo las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo que siempre sostuvo que la tipificación del delito de desacato es un obstáculo legal al ejercicio de la libertad de expresión, de la libertad de opinión y de la libertad de información. Si hay sentencias ejecutoriadas no pueden ser revisadas, pero si hay procesos en curso deben cerrarse de inmediato a solicitud de partes, porque la norma es inconstitucional.

Carlos Alarcón

Abogado constitucionalista

La CIDH falló que el desacato viola el Pacto de Costa Rica. Esos fallos son de obligatorio cumplimiento para Bolivia. Por lo tanto, lo único que ha hecho el Tribunal Constitucional es respetar esa jurisprudencia internacional vinculante para Bolivia y adecuar formalmente el Código Penal a la Constitución. Por lo tanto, todos los jueces y fiscales, de oficio, y ni siquiera debieran esperar pedido de partes, deberían extinguir la acción penal de todos estos procesos vinculados al delito de desacato en el país.






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